miércoles, 6 de julio de 2011

Entorno Quabit 06/07/2011

Eliminación impuesto exclusivo del sector
Actualmente, una compañía o inversor que quiera adquirir más del 50% del capital de una inmobiliaria debe pagar el 7% del valor de los activos de dicha compañía, tal y como recoge el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados. Una norma que desde el sector califican de “discriminatoria” porque este tributo no se aplica en operaciones corporativas entre empresas de otros sectores. Así lo explicó el presidente de Quabit, Félix Ábanades, en la última junta de accionistas de la compañía. Ábanades advirtió que las transacciones empresariales con este impuesto son “imposibles” porque hacen inviables las fusiones entre las compañías de sector, lo que a su vez reduce las ya escasas expectativas de mejora que presenta el negocio inmobiliario.

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